Matrícula N° 35273

 

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Matrícula N° 35273

 

 

 

 

 

 

 

Principios cooperativos

Primer Principio: Asociación voluntaria y abierta

Las Cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas a todas las personas capaces de utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades de asociarse, sin discriminaciones raciales, políticas, religiosas, sociales o de género.

Segundo Principio: Control democrático por los Asociados

Las Cooperativas son organizaciones democráticamente administradas por sus asociados, quienes participan activamente en la fijación de políticas y en la toma de decisiones.

Los hombres y mujeres elegidos como representantes son responsables ante los asociados.

En las Cooperativas Primarias los asociados tienen iguales derechos de voto (un asociado, un voto), y las Cooperativas de otros niveles se organizan en forma democrática.

Tercer Principio: Participación económica de los Asociados

Los Asociados constituyen equitativamente a la formación del capital de su Cooperativa y lo administran democráticamente. Por lo general, al menos una parte de ese capital es propiedad común de la Cooperativa. Los Asociados suelen recibir una compensación limitada, si acaso alguna. Sobre el capital suscrito como condición para asociarse. Destinan los excedentes a todos o algunos de los siguientes fines: el desarrollo de la Cooperativa, posiblemente mediante la constitución de reservas de las cuales una parte al menos debe ser indivisible; la distribución a los asociados en proporción a sus operaciones con la Cooperativa; y el apoyo a otras actividades aprobadas por los asociados.

Cuarto Principio: Autonomía e independencia

Las Cooperativas son organizaciones autónomas de autoayuda gestionadas por sus asociados. Si intervienen en acuerdos con otras organizaciones, incluidos los gobiernos o capta capitales de fuentes externas, lo hacen en términos que aseguren el control por parte de los asociados y mantengan su autonomía cooperativa.

Quinto Principio: Educación, capacitación e información

Las Cooperativas brindan educación y capacitación a sus asociados, representantes elegidos, funcionarios y empleados, de manera que puedan contribuir efectivamente al desarrollo de ellas.

Informan al público en general, particularmente a los jóvenes y a los líderes de opinión, acerca de la naturaleza y los beneficios de la Cooperación.

Sexto Principio: Cooperación entre Cooperativas

Las Cooperativas sirven más eficientemente a sus asociados y fortalecen al movimiento cooperativo trabajando mancomunadamente a través de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.

Séptimo Principio: Preocupación por la Comunidad

A la vez que se atienden las necesidades de sus asociados, las Cooperativas trabajan en pro del desarrollo sustentable de sus comunidades, mediante políticas aprobadas por aquéllos.

 
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